miércoles, 10 de junio de 2015

Fuerza Armada Nacional Bolivariana de Venezuela

                     Descubrimiento y conquista

Cuando en 1942 las naves de Colon tocaron las puertas del Caribe, España iniciaba raudo ascenso que la llevaria a convertirse muy pronto en la primera potencia de Europa. En las postrimerias del siglo XV el ingenio de los conductores militares españoles permitio a la evolucion del ejercito hispanico y la tactica experimento transformaciones sustanciales. America se lleno de Europa y termino por mezclarse con la nueva raza que desbrozaba su suelo.



En las naves que arribaron tambien vinieron antiguos combatientes de los diferentes teatros de operaciones Europeos. Organizados en unidades militares o bien por su propia cuenta, como simples aventureros, fueron el gran numero de soldados de los tercios españoles los que iniciaron el proceso de la conquista. Alli en la lejania de los siglo XV y XVI, se planto la solera que mas tarde origino, con la inclusion de otro ingrediente etnico, el nucleo de la organizacion armada que luego se convirtio en la institucion vitalicia. 
En las Guazabaras; en el primer disparo del cañon en el puerto el Flechero, en Tucaras, donde el conquistador ante los asombrados naturales manipulo los terrores del trueno; En el relincho desconocido de los esquinos invasores en el aprovechamiento de la capacidad guerra de nuestros indigenas cuando fueron incorporados a los ejercitos de ultramar. 




         
                                        La Colonia
La colonizacion fue un proceso que devino de la conquista. Esta ultima llevo en su esencia el humano deseo del enraizamiento, del apego al nuevo terruño, el cambio a la situacion sedentaria. Los colonizadores tambien debian ser jefes militares uno de los deberes del nuevo residente establecia la capacidad de amar a sus espensas un numero determinado de soldados. Ejercitos propios que pregonaban ciertas reminiscencias feudales. Los propios Welsers, arrendatarios de tierras firmes armaban sus expediciones con soldados españoles que ya figuraban como pobladores de Coro y de las rancherias de Maracaibo y el Tocuyo. La funcion era doble soldados-pobladores, pues los indigenas a pesar de las derrotas, no permitian una victoria definitiva.


En cada doblamiento se conjugaron elementos que iban conformando una organizacion militar correcta. Las milicias se nutrieron de diversos componentes. Al comienzo, Europeos e Indios luego el trafico negrero permitio la inclusion del africano; mas tarde la significativa participacion del criollo, hijo de españoles blancos o mestizos que con el correr de los años enfocarian el problema americano de un prisma diferente, completamente opuesto al de sus antepasados peninsulares e insulares. Dentro de estas organizaciones militares de la Colonia, las mas conocidas y de mayor extension fueron las milicias de Pardos, de donde surgieron posteriormente algunos capitanes de la libertad. 

Mencionaremos las principales fechas que hacen posible apreciar la evolucion de la organizacion militar dentro de la epoca colonial:
*1536: real cedula que obliga a los encomenderos a tener caballos, espada y las otras armas ofensivas y defensivas que al gobernador de tierra pareciesen necesarias.

*1696: 20 de febrero. Unos 600 hombres son revistados en Caracas e integrados de la siguiente manera:
a)Tres compañias de blanco

b) Dos de pardos libres
c) Una de negros libres
*1760: creacion de la academia militar de matematica
*1769: 7 de abril se forma el batallon de blanco
*1771:las fuerzas milicias y veteranas acantonadas en Venezuela suman unos 7000 hombres
*1804: el mismo batallon tiene 12 compañias 11 de fusileros y una de granaderos
*1806: se aumenta dicho batallon a 13 compañias; una de granaderos.

                                        IndependenciaCon la insurreccion del 19 de abril de 1810 surgio la verdadera Fuerza Armada Nacional. Esta organizacion tuvo caracteristicas propias del plano ideologico, ya que en lo estructural siguieron siendo las mismas unidades españolas pasadas al bando patriota. Cuando se pretendio hacer algo distinto, tal y como ocurrio en el recien creado batallon barlovento, los jefes independistas continuaron copiando los modelos de los hispanos de los cuales se habian desprendido. 

La Primera Republica corroboro con creces la insuficiencia militar republicana. La unidad de comando, tan necesaria para los momentos dramaticos que se vivian, resulto endeble, falsa y cruelmente clasista. La segunda republica fue vencida con las armas en mano, luchando denodadamente. Urica contrasto con la victoria, entre ellas hubo la diferencia entre las lanzas que se abaten por la superioridad del enemigo y la deprimente colocacion del rubrica al pie del documento de capitulacion. 
 El año 17 constituyo el punto de partida para consolidacion del ejercito y de la nacion. En el plano militar la inyeccion de experiencia conformada por los legionarios europeos, la creacion del estado mayor, el adiestramiento de oficiales y tropas, la adquisicion de materiales de guerra, fueron algunos de los elementos constitutivos de la remozada armazon, la cual por primera vez se concibio en terminos cientificos. Carabobo fue el epilogo. A la batalla acudio un ejercito depurado y capaz; infanteria debidamente organizada; caballeria, altamente movil que maniobraba por la policromia de los uniformes. La intendencia habia hecho posible que a la cita historica concurriera el ejercito libertador con sus mejores galas.

                               Grados y jerarquias
El articulo 55 de la LOFANB establece que:
"Los grados y jerarquias militares otorgaran por rigurosa escala ascendente, en las condiciones previstas en esta ley y sus reglamentos"

                                                              Estos se dividen en:

Grados oficiales

Jerarquia a tropa profesiona 
Tropa alistada
a)Los grados militares de oficiales se otorgan en las categorias de:
Efectivo, asimilado, reserva, honorario y de milicia, perteneciendo a la categoria de efectivo.

b)Las jerarquias militares de la tropa profesional se otorgaran en la categoria de efectivos, mediante orden firmado por el o la comandante en general del componente.
c)Las jerarquias de la tropa alistada se otorgaran a los venezolanos que esten en situacion de actividad cumpliendo con el servicio militar de las modalidades de tiempo completo y parcial.


Fuerza Armada Nacional Bolivariana
 Es un cuerpo militar uniforme que agrupa a cuatro componentes:
Ejercito, Aviacion, Armada y Guardia Nacional. Es uns institucion esencialmente profesional, sin militancia politica alguna, subordinada a la autoridad civil, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberania de la nacion y asegurar la integridad del espacio geografico mediante la defensa militar, la cooperacion en el orden interno y la participacion activa en el desarrollo nacional. 

















  
Constitucion de la Republica Bolivariana De Venezuela          Derechos y Deberes de los venezolanos
                                                                                                          
Esta fue aprobada el 15 de diciembre de 1999, a traves de un referendum popular. 
Cabe destacar que uno de los aspecto relevantes del nuevo texto constitucional lo constituye el capitulo de los derechos humanos. Es un capitulo todo el conjunto de los derechos civiles, sociales, economicos y politicos derivados de los acuerdos internacionales sobre la materia. Nuestra carta Magna contiene 350 articulos, con unos contenidos normativos, ineditos y originales que inaguran un nueva etapa de la historia constitucional de Venezuela.
Los derechos humanos estan consagrados en todas las cartas y documentos universales, como una prioridad individual y social. La constitucion bolivariana los inserta como un principio fundamental.
Nuestra constitucion es muy discreta en el establecimiento de los deberes y muy generosa con los derechos. La cantidad de derecho señalados en nuestra constitucion es muchisimo mayor que el numero de deberes. No hay que olvidar, sin embargo que a cada derecho le corresponde un deber. 



 Artículo 127. Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. 
El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia.
Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.
 Artículo 128. El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento.
Artículo 129. Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas.
En los contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que involucren los recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviera expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnología y la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultara alterado, en los términos que fije la ley. 

     Ley de la conscripcion y aislamiento militar


Artículo 1.- La presente Ley contiene las normas a que deben someterse los venezolanos para su conscripción y alistamiento en el servicio militar establecido por la Constitución, así como las demás obligaciones relacionadas con la materia.
 
Artículo 2.- El servicio militar tiene por objeto:
  1. Preparar a los venezolanos para la seguridad y defensa nacional.
  2. Mantener los efectivos de las Fuerzas Armadas Nacionales que fije el Presidente de la República
  3. Facilitar una rápida y ordenada movilización militar; y
  4. Contribuir a la capacitación de los venezolanos, a los fines de que una vez cumplido el servicio militar, estén en mejores aptitudes de participar en el desarrollo socio-económico de la Nación.

Artículo 3.- El servicio militar es obligatorio y se cumplirá en forma regular en las Fuerzas Armadas Nacionales, así como sometiéndose a la instrucción militar de acuerdo con las normas establecidas o que se establezcan en las Leyes y Reglamentos.

 
Artículo 4.- La edad militar es el período durante el cual los venezolanos tienen obligaciones militares y está comprendida entre 18 y 50 años.
 
Artículo 5.- Los venezolanos en edad militar deberán inscribirse en el Registro Militar, en las fechas y en los organismos que establece la Ley.
 
Artículo 6.- Los venezolanos que cambien de residencia o domicilio, de estado civil, así como cualquier otra circunstancia que pueda modificar su calificación a los fines del Servicio Militar en las Fuerzas Armadas, deberán notificarlo a la correspondiente Junta de Conscripción o a la representación Diplomática o Consular de la República, según sea el caso.
 
Artículo 7.- El llamamiento del contingente anual ordinario que fije el Presidente de la República, se llevará a efecto mediante Resolución conjunta de los Ministerios de Relaciones Interiores y de la Defensa.
 
Artículo 8.- Las cuotas que deben aportar los Estados, el Distrito Federal, los Territorios Federales y las Dependencias Federales se determinarán en proporción a su población, de acuerdo con el Reglamento.
 
Artículo 9.- El Ministerio de la Defensa, a través del Servicio de Alistamiento de las Fuerzas Armadas elaborará anualmente el Cuadro de Asignación de Reemplazos que será presentado al Presidente de la República para su aprobación y autorización.
 
Artículo 10.- En circunstancias normales el alistamiento en las Fuerzas Armadas Nacionales se hará teniendo en cuenta el grado de aptitud del ciudadano, el desarrollo de la Nación y la existencia de plazas vacantes.


 

7 comentarios:

  1. Y hablando de ortografia... se escribe es acento

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  2. Gracias me sirvió mucho, pero tienes que ponerles los acento. Pero buen resumen. Gracias

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  3. hola gente mia bonita..... alguien hay q me consiga este articulo:
    Origen y evolución de la fuerza armada
    1.1: Ley orgánica de la fuerza Armada Nacional Bolivariana:
    el articulo q encontre acaba en la 1.2 y pide un pago para continuar leyendo.

    alguien me lo puede pasar o saber donde lo puedo conseguir?? es para una tares, gracias

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  4. estoy seguro que cuando las embarcaciones de colon llegaron a Venezuela fue en 1492 y no en 1942

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